La generación distribuida, instaurada bajo el Artículo 149 bis de la Ley General de Servicios Eléctricos, también conocida como Ley de Net -Billing o Ley de Generación, que entró en vigencia el año 2014, establece para hogares, escuelas, negocios, entre otros (los llamados clientes regulados), el derecho a autoabastecer su consumo eléctrico a través de equipos de generación propia e inyectar los excedentes de energía a la red, recibiendo una compensación económica por ello.
Consiste en la instalación de paneles fotovoltaicos que generan energía eléctrica y, al estar conectados a la red, permiten inyectar excedentes de la energía que no usted no consume, significando un ahorro en su cuenta de la luz.
¿Cómo se hace?
Para contar con este sistema usted debe contactar a alguna Empresa o Profesional autorizado por la SEC que lo ayudará con la instalación y el proceso de inscripción.
En Kries contamos con todo lo necesario para asesorarte y lleva a cabo tu proyecto y comiences a ahorrar en tu cuenta de luz.